Artículo 20 Código Procesal Penal

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Artículo 20 Código Procesal Penal regula los efectos de las cuestiones de competencia dentro del proceso penal en Perú.

CÓDIGO PROCESAL PENAL REPÚBLICA DOMINICANA

CÓDIGO PROCESAL PENAL REPÚBLICA DOMINICANA

Todo habitante del territorio de la República tiene el derecho a participar en la administración de justicia en la forma y condiciones estable- cidas en este ...166 pages

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Código Procesal Penal

Código Procesal Penal

Hasta la declaratoria de culpabilidad, ninguna autoridad pública podrá presentar a una persona como culpable ni brindar información sobre ella en ese sentido.

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CODIGO PROCESAL PENAL - Jus.gob.ar - Infoleg

CODIGO PROCESAL PENAL - Jus.gob.ar - Infoleg

- Los tribunales solicitarán la extradición de imputados o condenados que se encuentren en distinta jurisdicción, acompañando al exhorto copia de la orden de ...

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Código Procesal Penal

Código Procesal Penal

Artículo 20. Generalidad de las garantías y principios procesales. Las garantías y principios previstos en éste Código serán observados en todos los ...155 pages

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CÓDIGO PROCESAL PENAL

CÓDIGO PROCESAL PENAL

CÓDIGO PROCESAL PENAL. TÍTULO PRELIMINAR. Artículo I. Justicia Penal. 1. La justicia penal es gratuita, salvo el pago de las costas procesales establecidas ...

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Código Procesal Penal Artículo 20.

Código Procesal Penal Artículo 20.

Cuando un tribunal debiere requerir de otro la realización de una diligencia dentro del territorio jurisdiccional de éste, le dirigirá directamente la ...

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Código Procesal Penal

Código Procesal Penal

c) Cualquier otro delito que la ley califique como tal. Ficha articulo. ARTICULO 20.-. Conversión de la acción pública en privada La acción pública podrá ...

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Código de Procedimiento Penal Artículo 20. Doble instancia

Código de Procedimiento Penal Artículo 20. Doble instancia

6 days ago — Artículo 20. Doble instancia. Las sentencias y los autos que se refieran a la libertad del imputado o acusado, que afecten la práctica de las ...

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Código Procesal Penal - Fiscalía General de la República

Código Procesal Penal - Fiscalía General de la República

Art. 20.- En el caso de colaboración con la investigación, el fiscal solicitará al juez la aplicación del criterio de oportunidad, quien lo autorizará siempre ...156 pages

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Ley Chile - Ley 19696 - Biblioteca del ...

Ley Chile - Ley 19696 - Biblioteca del ...

La persona condenada, absuelta o sobreseída definitivamente por sentencia ejecutoriada, no podrá ser sometida a un nuevo procedimiento penal por el mismo hecho.

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